El grupo municipal de Vox manifestó su «preocupación» por los criterios establecidos en la bolsa de contratación del Patronato Municipal de Deportes (PMD) fijados por su comité de empresa, concretamente para el puesto de coordinador de zona deportiva.
Así lo hizo saber ayer su concejal Emilio Polo durante la comisión de Patronato, en la que solicitó mediante ruego que se anularan las bases de la bolsa de trabajo. Del mismo modo, se abstuvo en la votación del acta de la sesión extraordinaria de la Junta de Gobierno del PMD del pasado 17 de mayo, en la que se aprobaron dichas bases.
En primer lugar, Vox critica la limitación de puntuación de experiencia a 20 puntos, los cuales equivalen a 20 meses de trabajo. Tal y como se fijan en las bases para otros puestos del patronato, como es el caso de celador de instalaciones deportivas, el máximo de puntuación es de 80 meses (lo que equivaldría a 80 puntos). Por ello, desde el grupo municipal no comprenden a qué se debe la fijación de esta limitación.
Otro de los criterios que ponderan favorablemente para la contratación de coordinador deportivo, según recogen las bases para del puesto, es «estar empadronado en el municipio de Palencia con una antigüedad de tres años», lo que añadiría dos puntos a la candidatura. Esta es otra de las cuestiones que suscitan la negativa de Vox pues, para otras contrataciones públicas, se menciona la nacionalidad española o el ser miembro de la Unión Europea, sin hacer distinciones entre los empadronados en uno u otro municipio.
Por último, el grupo municipal encabezado por Sonia Lalanda no comprende los dos puntos que se otorgan a aquellos «inscritos en la Oficina de Empleo en Palencia como demandantes de primer empleo», entendiendo que no debería haber distinciones en este aspecto.
«La preocupación de Vox es que se establezcan criterios de acuerdo con el objeto de la contratación», lamentó el grupo municipal. Esta preocupación viene a su vez motivada por una sentencia a la que pudo tener acceso Diario Palentino, en la que el titular del Juzgado Contencioso Administrativo declaró no ser conforme a derecho el acuerdo de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento en abril de 2022, que desestimó el recurso de alzada interpuesto por un aspirante a ocupar una plaza de coordinador de zona deportiva en su condición de relevista. Por ello, el magistrado ordenó a la administración a modificar, como solicitaba el recurrente, su puntuación en concepto de experiencia profesional que no había sido tenida en cuenta, así como en el apartado de titulaciones académicas donde se había omitido la puntuación por un máster universitario.
Pese a ser susceptible de impugnación, de proceder al nombramiento del recurrente, el Consistorio deberá abonar, entre otras cosas, «las retirbuciones dejadas de percibir».