La Audiencia Provincial ha condenado a una mujer como autora responsable de un delito de estafa a la pena de un año y seis meses de prisión y deberá indemnizar al perjudicado en la cuantía de 2.521,60 euros.
La sentencia considera probado que en el año 2009, la procesada, aprovechando la relación de amistad que le unía con la víctima, le solicitó la entrega de 36.000 euros para afrontar el pago de una línea de crédito contratada por la acusada con una entidad financiera. Así las cosas, le hizo entrega de esa cantidad de dinero por ingreso metálico en el banco a favor de la acusada. No obstante, el tribunal considera que no se ha probado que el denunciante hubiere entregado en la gestoría de la acusada la cantidad de 30.000 euros.
Por otro lado, en fecha 12 de diciembre de 2018 la víctima solicitó a favor de la acusada un préstamo en un establecimiento de electrodomésticos para la adquisición de un ordenador valorado en 2.521,60 euros, bajo la promesa de que ella se haría cargo del pago de las 30 mensualidades a razón de 84,15 euros cada una de ellas.
La procesada, sin intención alguna de cumplir con dicho compromiso, se hizo con la posesión del ordenador sin abonar sus cuotas y con la finalidad de entregarlo como regalo a su hija. La víctima es persona de carácter confiado, débil y paciente y mantenía relación de amistad con la condenada a la que visitaba en su oficina con frecuencia.